- Los magistrados consideraron por unanimidad que el oficio carece de definitividad y firmeza; clasificaron como improcedentes los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano
Monterrey, Nuevo León.- El Tribunal Electoral federal desechó la impugnación que Jaime Rodríguez Calderón presentó ante la Sala Superior contra la modificación registral de las firmas recabadas para obtener la candidatura independiente a la Presidencia de la República.
Durante la sesión de este miércoles, la Sala Superior clasificó como improcedentes los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-148/2018 y SUP-JDC-153/2018 tramitados por el gobernador con licencia de Nuevo León.
Por unanimidad, los magistrados consideraron que el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/1124/2018, que le envió la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) carece de definitividad y firmeza, por lo que no repercute de manera irreparable en la esfera jurídica de Rodríguez Calderón.
Los consejeros del INE sesionarán mañana para discutir y votar el Acuerdo General en el que darán cuenta de los nombres de quienes aparecerán en la boleta de candidatos a la Presidencia de la República.
Ese es el acto administrativo definitivo que tendría que impugnar Jaime Rodríguez Calderón, si así resulta de su interés, ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El 23 de marzo, Rodríguez Calderón presentó ante el TEPJF un recurso de apelación, per saltum, a fin de impugnar la determinación del director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE.
La misma está contenida en el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/1124/2018, por el que se le comunicó la modificación registral en sus apoyos ciudadanos recabados para ser candidato independiente a dicho cargo de elección popular.
De conformidad con la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano es el medio idóneo para que los ciudadanos impugnen actos relacionados con la posible vulneración a los derechos político-electorales de votar y ser votado.
En consecuencia, con el oficio de cuenta y anexos, se ordenó integrar el expediente SUP-JDC-148/2018, mismo que fue desechado por el pleno de la Sala Superior en la sesión pública de este miércoles.