- El SAT ha recibido cerca de 10% más declaraciones con saldo a favor, con respecto al mismo periodo del año pasado.
La cantidad de declaraciones con saldo a favor del impuesto sobre la renta se ha incrementado en la misma proporción que el total de declaraciones y, se espera un incremento de estas cifras durante los próximos días, ya que, gracias al trabajo conjunto con el sector privado, los patrones han venido subsanando las inconsistencias en el timbrado de sus nóminas.
Si algún contribuyente tiene dudas respecto del monto del saldo a favor que se le determinó, puede ingresar a la aplicación a verificar nuevamente su información y, en caso necesario, presentar una declaración complementaria y, si es el caso, recibir el remanente.
La Declaración Anual se presenta por Internet y también por este medio se puede obtener asesoría a través del chat; no obstante, si se requiere atención personalizada se puede agendar una cita y acudir a las oficinas que permanecerán abiertas de martes a viernes de 08:00 a 18:00 horas, sábado 28 de abril de 08:00 a 15:00 horas y el lunes 30 de abril de 08:00 a 20:00 horas o hasta que se atienda al último contribuyente.
La fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración es el lunes 30 de abril. En general, los asalariados que percibieron ingresos de un solo patrón y además tuvieron ingresos por intereses menores de 20 mil pesos al año, pueden optar por no declarar o declarar en cualquier momento. El detalle se puede consultar en el portal del SAT