- Determina que restringir los canales donde difunden sus actividades oficiales atenta con los derechos de libertad de expresión y acceso a la información de los ciudadanos
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los servidores públicos que tienen cuentas en redes sociales en las que difunden sus actividades oficiales, no bloquear a los ciudadanos que usan esas plataformas.
Los ministros avalaron el proyecto de Eduardo Medina Mora en el que estableció que cuando un servidor público, con cuentas en redes sociales, bloquea a otros usuarios alegando el “derecho a la intimidad”, atenta con los derechos de libertad de expresión y acceso a la información de los ciudadanos.
La Segunda Sala de la SCJN confirmó el amparo concedido a Miguel Ángel León Carmona, periodista veracruzano que fue bloqueado en Twitter por el fiscal General de Veracruz, Jorge Winckler.
El proyecto avalado estableció que el derecho a la información debe prevalecer sobre el derecho a la intimidad, alegado por Winckler.
Gobierno acatará fallo de Corte sobre bloqueo en redes sociales: vocero
El Gobierno de México asumirá la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ordenó al fiscal de Veracruz desbloquear a un periodista de su cuenta de Twitter «por ser parte del escrutinio público», aseguró el vocero presidencial, Jesús Ramírez Cuevas.
En su cuenta de Twitter @JesusRCuevas, afirmó que los funcionarios públicos no pueden bloquear a ningún ciudadano de sus redes, pues es un acto de transparencia.
En su mensaje, el coordinador general de Comunicación Social de la Presidencia de la República posteó el documento de dicha resolución de la Segunda Sala de la SCJN.