Por Alberto Serna
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Una propuesta de reforma al Código Municipal de Tamaulipas busca establecer una vía alterna para que los ayuntamientos puedan celebrar sus sesiones ordinarias cuando la presidencia municipal no emita oportunamente la convocatoria correspondiente.
La iniciativa fue presentada por el diputado Francisco Hernández Niño, quien planteó incorporar tres nuevos párrafos al artículo 42 del ordenamiento estatal, con la finalidad de precisar qué procedimiento deberá seguirse ante una eventual falta de convocatoria.
De acuerdo con la propuesta, cuando una sesión ordinaria se encuentre pendiente de realizar, una tercera parte de los integrantes del Ayuntamiento podrá solicitar formalmente al presidente o presidenta municipal que emita la convocatoria.
El planteamiento contempla además que, si después de tres días hábiles no se realiza la convocatoria, los mismos integrantes del Cabildo estarían facultados para llamar directamente a sesión. Para ello deberán informar a la presidencia municipal y al resto de los miembros del Ayuntamiento, además de observar las disposiciones y formalidades previstas en el Código Municipal.
Hernández Niño explicó que la legislación vigente establece la obligación de celebrar tres sesiones ordinarias al mes, pero, según expuso, no precisa el procedimiento que debe aplicarse cuando la convocatoria no se genera dentro del plazo correspondiente.
“Si la ley establece que el Ayuntamiento debe sesionar, debe existir también un mecanismo que permita hacer efectiva esta obligación”, sostuvo el legislador.
El diputado precisó que la reforma propuesta no busca desplazar las atribuciones de las presidencias municipales, sino incorporar un mecanismo subsidiario que permita mantener la actividad de los Cabildos cuando se presente una omisión en la emisión de las convocatorias.
