ACTO DE JUSTICIA LICENCIAS DE MATERNIDAD EN MUJERES DE LA MILICIA

  • Coalición Morena, PT y PES aprueba en la Cámara del Poder Legislativo Federal, Dictámen de la Defensa Nacional de adicionar dos párrafos a los Artículos 123, 152, adecuando las leyes para beneficio de las madres  de las Fuerzas Armadas de México, informó Diputado Federal por Tamaulipas Armando Zertuche Zuani

Ciudad de México.- En su participación frente a la Tribuna en el Congreso Legislativo y hacer uso de la palabra a nombre de los Diputados de la Coalición “Juntos Haremos Historia”, el Diputado Federal Armando Zertuche Zuani manifestó su total respaldo al dictamen de aprobación presenta por la Comisión de la Defensa Nacional, adicionando dos párrafos al artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas armadas Mexicanas.

EL legislador, dio a conocer que es un acto elemental de justicia para el personal femenino de la milicia y señaló que de igual forma, constituye una ajuste legal a las disposiciones de Derecho Internacional que el Estado Mexicano ha suscrito y que son cumplimiento obligatorio en todo el país.

Así mismo explicó, el Artículo 123 de nuestra norma fundamental establece en su apartado A, Fracción V, un descanso de 6 semanas anteriores a la fecha para el parto y  6 semanas posteriores, en favor de todas las trabajadores que esten a punto de dar a luz.

Y en el apartado B, inciso c), se establece que las mujeres durante el embarazo gozarán forzosamente de un mes de descanso, antes de la feja aproximadamente para el parto y de dos meses posteriores,  en ambos supuestos 3 meses de descanso previo posterior al parto.

Y añadió que en caso de que en el supuesto de que en el proceso de gestación se presenten problemas o alguna discapacidad, o requiera de atención médica hospitalaria,el descanso podrá ser hasta de medio mes adicional posterior al parto.

El Diputado Federal Zertuche Zuani, puso de manifiesto que tanto él como sus compañeros, tienen una profunda vocación de justicia social y las reformas en materia de Derechos Humanos, Artículo 1 de nuestra norma fundamental, nos obliga a realizar un ajuste normativo de Derecho Interno de las disposiciones internacionales, en contra de la Discriminación contra la mujer, así como los convenios correspondientes de la Organización Internacional del Trabajo.

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