- Con una reforma se pretende incrementar el monto que recibirán los mexicanos al fin de su vida laboral; se prevé que ésta entre en vigor en enero de 2021
Ciudad de México.- Incrementar el monto de las pensiones, disminuir las semanas de cotización y poner un tope a las comisiones que cobran las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) son los ejes principales de la iniciativa de reforma impulsada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador que, se prevé, será aprobada para entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2021.
El titular del Poder Ejecutivo planteó reformar y derogar diversos artículos de las leyes del Seguro Social y del Sistema de Ahorro para el Retiro. Propuso la reducción de semanas cotizadas para tener derecho a la pensión por cesantía en edad avanzada y vejez.
En lo referente al sector patronal, se considera incrementar (a partir del año 2023) su aportación, la cual se calculará según el salario base de cotización del trabajador. Será 3.1%, por un salario mínimo y hasta 11.8% cuando el sueldo de cotización supere las cuatro Unidades de Medida y Actualización (UMA). El Gobierno Federal aportaría mensualmente una “cuota social” a los trabajadores que ganen hasta cuatro UMA.
Se precisa que si el monto de la pensión resulta inferior al promedio de las pensiones garantizadas, que corresponda a un salario mínimo y 60 años (dos mil 622 pesos), el Estado aportará la diferencia con el fin de que el trabajador pueda recibir una pensión vitalicia “digna” (cuatro mil 345 pesos).
Y sobre el tope en las comisiones que cobren las Afores, se modificaría el Artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro para establecer que éstas quedarán sujetas a un máximo que resultará del promedio de los cobros en comisiones en los sistemas de contribución definida en Estados Unidos, Colombia y Chile, según los criterios que fije la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
Se precisa que si en esos países las comisiones bajan se aplicará la misma reducción, y en caso contrario se mantendrá el promedio que se esté aplicando.
Sobre los casos de fallecimiento del trabajador o pensionado, sus beneficiarios tendrán derecho a recibir los recursos de la cuenta individual en una sola exhibición. Los beneficiarios deben ser designados expresamente en los contratos de administración de fondos para el retiro.
En cualquier momento el trabajador puede cambiar a sus beneficiarios o la proporción correspondiente a cada uno. La Afore en la que se encontraba registrado el pensionado fallecido deberá entregar el importe de todas las subcuentas, incluida la de vivienda, y en caso de que no haya beneficiarios designados, los recursos deberán entregarse conforme a lo señalado en el Artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo.
La iniciativa será dictaminada en la Comisión de Hacienda y Crédito Público, que si bien está presidida por la diputada panista Patricia Terrazas Baca, tiene mayoría de legisladores de Morena. Además, será revisada por la Comisión de Seguridad Social, encabezada por Mary Carmen Bernal Martínez, del Partido del Trabajo.
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¿Cómo cambiará el panorama?
- Se reducen las semanas de cotización necesarias: de mil 250, a únicamente mil.
- Fija como requisito tener al menos 750 semanas cotizadas para acceder a los derechos hasta alcanzar las mil semanas en el año 2031.
- Aumenta, a partir del año 2023, la aportación a las cuentas individuales (de 6.5% a 15%), e incluye una cuota social aportada por el Gobierno federal.
- El incremento de la aportación patronal será gradual entre los años 2023 y 2030. Pasará de 5.15% a 13.87 por ciento.
- Aumenta el monto de la jubilación garantizada. Ésta pasará de tres mil 289 a cuatro mil 345 pesos.
- Facilita los trámites para la entrega de los ahorros en las afores en caso de fallecimiento del trabajador.
- Topa el monto de las comisiones cobradas por las Afores. A partir del próximo año será de 0.54%, considerando los valores vigentes en Estados Unidos, Chile y Colombia.
Los empresarios cuestionan ajustes
La iniciativa de reforma al sistema de ahorro para el retiro generó malestar entre algunos integrantes del sector empresarial. Carlos Salazar Lomelín, titular del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), refirió que los términos en los que presentó no eran los que se habían platicado con el Presidente López Obrador, como el ajuste en el tema de comisiones.
Por su parte, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) manifestó su preocupación por la iniciativa. Sostuvo que lo presentado se apartó de lo que se negoció con el sector privado porque se busca “generar el control de precios en los servicios financieros”, lo que violaría términos del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
La Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro (Amafore) también cuestionó poner un tope máximo a las comisiones que cobran las Afores.
“Entendemos que, de aprobarse la reforma, se daría un incremento en los saldos de ahorro de los trabajadores, lo cual permitiría que las comisiones disminuyan con mayor rapidez”, aseveró la organización en un comunicado.
“Mejorará la calidad de vida”
En la exposición de motivos de la iniciativa del Presidente se argumenta que ésta tiene como propósito mejorar la calidad de vida de todos los trabajadores sujetos al régimen pensionario de la Ley de Seguro Social, mediante el aumento de sus pensiones.
Promueve, como uno de sus mandatos principales, que los adultos mayores reciban pensiones justas, pues el eje de política social determina que “el Estado debe intervenir en el sistema de pensiones para edificar el bienestar de la mayoría”.
Insiste en que su objetivo es aumentar el monto de la pensión garantizada que se otorga a los trabajadores, y aunque las nuevas disposiciones estarían vigentes a partir del 1 de enero de 2021, la aplicación de algunas de las medidas sería paulatina. Entre ellas, el incremento a la cuota patronal, que aplicaría gradual entre 2023 y 2030.
También destaca que pensionados por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, recibirán, incluidas en la pensión, las ayudas asistenciales que se financiarán con la cuota social que en su caso aporte el Estado. Advierte que, en ningún caso, la pensión podrá ser inferior a las recomendadas por la misma Ley, y tiene como monto máximo ocho mil 241 pesos.
En artículos transitorios se incluye el monitoreo periódico de los resultados de la reforma. Detallan que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) deberá enviar a la Secretaría de Hacienda un análisis de los resultados obtenidos con la aplicación de la reforma.