Tal vez para intensificar la regeneración del país se requiera una nueva Constitución
Por: Abraham Mohamed
Como se va perfilando el sorprendente e inquietante gobierno del Presidente AMLO, se perciben indicios de que su 4ª. Transformación de México incluye, para lograrlo dentro del marco de la legalidad, reformar en todo lo que sea necesario la Constitución Política que nos rige desde 1917.
Es más, trasciende que si las circunstancias obligan, pueden hacer ¿por qué no? una nueva Constitución más actualizada que sustituya a la actual que ya está, para muchos legisladores, fuera de época.
Y creo que si lo decide López Obrador, el Presidente para mí “fuera de serie”, puede lograrlo sin ningún problema porque cuenta con la abrumadora mayoría en el Congreso de la Unión, gracias a los 30 millones de votos que obtuvo con su Morena en las pasadas elecciones del 1 de Julio.
Habrá quienes aducirán que se violaría el Art. 49 de la actual Constitución que dice: “no podrán reunirse dos o más Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en ningún individuo” precisando que solo se le podrían dar esas facultades extraordinarias al Ejecutivo, conforme al Art. 29, en casos de invasión, perturbación grave de la paz, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.
Se puede pensar que vamos velozmente hacia el autoritarismo presidencial al tener el Presidente AMLO -como ya lo presumió- “las riendas del poder en la manos”, lo está por verse si somete al Poder Judicial que le falta y tras el que va, ¿cómo? bajándoles los salarios a los Ministros de la Corte, a Magistrados y Jueces, igual como lo hizo con Senadores y Diputados y con los altos funcionarios de su gobierno.
Nadie de los Tres Poderes de la Unión o servidor público, podrá tener un salario mayor al del Presidente que son $108 mil pesos mensuales, según marca la Ley.
Y por esto es la inconformidad de los “Señores del Poder de la Justicia” que protestan por esa orden presidencial fincándose en que se viola el Art. 94 Constitucional que claramente establece: “La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo”. Durarán 15 años en su encargo con derecho a pensión al cumplir su período, y solo podrán ser removidos conforme al Título Cuarto Constitucional que habla del Derecho al Debido Proceso en Caso de Infracción a la Ley Penal.
Y con base en eso la SCJN resolvió suspender la aplicación de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos 2019 lo que prendió la mecha del líder mayoritario de Morena en el Senado Ricardo Monreal y de Martí Batres presidente de la Mesa Directiva de esa Cámara, que coinciden en que los Ministros de la Corte violaron el Art. 64 de dicha Ley
que señala no haber lugar a la misma. Es una falta grave que afecta el orden público y el interés social, lo cual demostraremos al impugnarla ante la misma Corte.
Mario Delgado, líder de Morena en la Cámara de Diputados, coincidió con sus correligionarios y adelantó que el recorte a los salarios se aplicará porque así vendrán recortados en el Presupuesto de Egresos 2019 que se aprobará a más tardar antes del día 15 de este mes. Nadie funcionarios de gobierno ganará un salario superior al del Presidente que es de 108 mil pesos.
El Presidente AMLO por su parte, “sereno moreno” solo se concretó a decir: “decidí promover la reducción de los salarios de los altos funcionarios porque son exagerados y ofensivos, y en el caso del Poder Judicial, son los mejor pagados del mundo, al recibir hasta 600 mil pesos mensuales”. Aludió que “se inconforman y acuden a recursos legales, a Amparos, están en su derecho y nosotros vamos a respetar las decisiones que tomen porque queremos que haya un Estado de Derecho”.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, vía Twitter afirmó que nadie en el Poder Judicial gana más de 600 mil pesos mensuales y lo mismo negaron los miembros de la Asociación Nacional de Magistrados y Jueces de Distrito. Además anunciaron una amplia defensa que incluye la demanda de Amparos contra lo que consideran “es un conjunto de acciones sistemáticas e intentos legislativos que buscan la injerencia en la vida interna del Poder Judicial de la Federación”.
Y agregan: “Estos intentos por condicionar a los juzgadores federales han sido presentados a la opinión pública como “ejercicios modernizadores” que supuestamente harán más eficiente la impartición de justicia y permitirán ahorros para los ciudadanos, sin embargo, en el fondo esconden su verdadera intención que es debilitar el sistema de frenos y contrapesos de nuestra democracia y vulnerar el Estado de Derecho”.
Adendum:
Quiero decir, por último, para clarificar más el asunto, que la suspendida Ley de Remuneraciones la hicieron los actuales legisladores de Morena solo regulando el Art. 127 Constitucional vigente que originalmente dice:
“Los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los Municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.
Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes, bajo las siguientes bases:
- Se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.
- Ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente.
III. Ningún servidor público podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico; salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función, la suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente.
- No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, ni liquidaciones por servicios prestados, como tampoco préstamos o créditos, sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo. Estos conceptos no formarán parte de la remuneración. Quedan excluidos los servicios de seguridad que requieran los servidores públicos por razón del cargo desempeñado.
- Las remuneraciones y sus tabuladores serán públicos, y deberán especificar y diferenciar la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie.
- El Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias, expedirán las leyes para hacer efectivo el contenido del presente artículo y las disposiciones constitucionales relativas, y para sancionar penal y administrativamente las conductas que impliquen el incumplimiento o la elusión por simulación de lo establecido en este artículo.
Después de toda esta amplia exposición, amigo lector@, solo tu criterio y opinión es lo que vale y cuenta para saber cómo actuar y que hacer en el futuro inmediato.
Y ya para terminar te diré que se me hace otra jalada lo que dijo hoy en el evento del grupo Amigos de Cuauhnahuac (Cuernavaca) el senador guerrerense Félix Salgado Macedonio.
A’i te vá: “serán despedidos y liquidados conforme a derecho todos los Ministros de la Corte y se designarán otros de inmediato”. Esto me lo pasó mi amigo y colega Eusebio Gimeno que lo escuchó.