DURANTE VACACIONES DE SEMANA SANTA ESTARÁN EN VIGOR DESCUENTOS PARA ESTUDIANTES Y MAESTROS

  • Disminuciones tarifarias serán del 50 y 25 por ciento,
    respectivamente, para quienes viajen por autotransporte o
    ferrocarril
  • La medida aplicará para alumnos de preescolar, primaria,
    secundaria, normal, así como del nivel medio superior y superior
    La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT)
    informa de los descuentos para estudiantes y maestros del 50 y 25 por
    ciento, respectivamente, que viajen por autotransporte federal de
    pasajeros o por el servicio ferroviario durante el periodo vacacional de
    Semana Santa.
    La disminución tarifaria se dio a conocer por la SICT a través del Diario
    Oficial de la Federación, con base al calendario escolar fijado por la
    Secretaría de Educación Pública (SEP), que corresponde al periodo del
    25 de marzo al 5 de abril del presente año.
    En este lapso, que coincide con la celebración de la Semana Santa,
    estará en vigor el descuento para maestros y estudiantes, que incluye
    escuelas incorporadas a la SEP, así como la Universidad Nacional
    Autónoma de México (UNAM) y el Instituto Politécnico Nacional (IPN).
    Las instituciones educativas son las integradas a la SEP; direcciones o
    departamentos de educación en las entidades federativas; UNAM; IPN;
    universidades de toda la República; institutos, escuelas libres de
    derecho, comercio y homeopatía; Colegio de Bachilleres, y las escuelas
    incorporadas a las antes mencionadas.
    Profesores y alumnos deberán presentar credencial vigente del colegio
    al que están inscritos; o bien una constancia expedida por la propia
    escuela a la que pertenezcan, misma que deberá contener nombre y
    sello de la institución, nombre y fotografía del titular y, en su caso,
    número de cuenta o matrícula.
    Las quejas por infracciones a lo dispuesto por esta Circular, en lo
    concerniente a tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia
    Reguladora del Transporte Ferroviario.
    Y en el caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección
    General de Autotransporte Federal o, en su defecto y para ambos casos,
    ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SICT que
    corresponda al domicilio del usuario.

Notas Relacionadas