- Hugo López-Gatell presidirá el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información de la Salud
Ciudad de México.- La Secretaría de Salud publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo en el que delega nuevas facultades en el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell.
Según lo establecido en el documento, suscrito por el secretario de Salud, Jorge Alcocer Varela, a partir de este jueves 28 de julio, el funcionario presidirá el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información de la Salud.
Además, tendrá la facultad de emitir y coordinar la expedición de normas oficiales mexicanas en las materias competencia de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, dependencia que se encuentra acéfala.
«Se delegan en la persona Titular de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud de esta Secretaría, el ejercicio de las facultades de presidir el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, así como la de emitir y coordinar la expedición de normas oficiales mexicanas en las materias competencia de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, previstas en los artículos 8, fracción V, y 9, fracción IV Bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud», señala el acuerdo.
El documento publicado en el DOF señala que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, previendo la posibilidad de delegar sus facultades en servidores públicos subalternos para la mejor organización del trabajo.
Además, remarca que los artículos 1 y 2, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, «establecen que el Titular de la Secretaría de Salud, para el desempeño de las atribuciones y facultades que le confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General de Salud y otras leyes, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República, se auxiliará para el desahogo de los asuntos de su competencia de, entre otros, la persona Titular de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud».
«Que, en el mismo sentido, los artículos 6 y 7, fracción XVI del Reglamento en cita, señalan que el trámite y resolución de los asuntos competencia de la Secretaría de Salud, corresponde originalmente al Secretario, quien para la mejor organización del trabajo podrá, sin perjuicio de su ejercicio directo, delegar facultades en servidores públicos subalternos, mediante acuerdos que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación».
El acuerdo recuerda que los artículos 8, fracción V y 9, fracción IV Bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud señala que los subsecretarios tienen, dentro del ámbito de su competencia, la facultad genérica de presidir el Comité Consultivo Nacional de Normalización del que sean parte, y que corresponde al subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud emitir y coordinar la expedición de normas oficiales mexicanas en las materias de su competencia.
«Que la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, se encuentra acéfala y no se ha vuelto a ocupar esa titularidad considerando que mediante el Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la federación el 23 de abril de 2020, el Titular del Ejecutivo Federal propuso la aplicación urgente y categórica de la medida de cancelar 10 subsecretarias, entre las que se encontraba la misma…», explica el acuerdo.