- La Comisión de Quejas y Denuncias del INE otorgó las medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva, con el fin de que las personas denunciadas se abstengan de realizar los actos denunciados
Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las medidas de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) contra las «corcholatas» de Morena, por las que ordenó al partido que conmine a los aspirantes a la presidencia y sus simpatizantes a que se abstengan de promocionales y eventos de cara a la elección de 2024.
Las denuncias fueron interpuestas por el PRD y el diputado de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, contra Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto López y Ricardo Monreal por sus visitas a estados de la república, con el objeto de presuntamente posicionarse de manera favorable en el proceso electoral 2024.
El acuerdo del INE fue confirmado por cuatro votos a favor, con los votos en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto, Indalfer Infante y José Luis Vargas.
Los denunciantes señalaron que, en los actos llevados a cabo en Baja California Sur, Coahuila, Oaxaca y Sonora, las personas denunciadas aludieron a los logros del Gobierno Federal y a los éxitos en el desempeño de sus propias funciones.
Además, se denunció que los entonces funcionarios públicos solicitaron el apoyo a favor de sus eventuales precandidaturas utilizando las siguientes frases: «Es Claudia», «Con Marcelo Sí» y «Ahora es Adán».
Por ello, se alegó la existencia de promoción personalizada, el uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y campaña.
Al respecto, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE otorgó las medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva, con el fin de que las personas denunciadas se abstengan de realizar los actos denunciados.
La Sala Superior del TEPJF determinó que las medidas cautelares se debían de confirmar, pues las conductas denunciadas sí se pueden analizar de forma preliminar con el fin de determinar si existe algún riesgo de daño a los principios constitucionales que rigen el proceso electoral, con independencia de que no haya iniciado este.
Además, el pleno sostuvo que el INE sí puede valorar las circunstancias que consten en otras quejas, de manera preliminar, con el fin de construir un contexto y lograr un estudio integral de las quejas que se le presenten.
Respecto a la medida de vincular únicamente a Morena, la Sala Superior consideró que fue correcta pues la intención es evitar que los posibles aspirantes se promocionen con el fin de obtener la candidatura de ese partido, para el proceso electoral federal siguiente.