Ciudad de México.- Después de tres horas de discusión, la Cámara de Diputados avaló, en sus términos, el dictamen de la minuta del Senado de la República que reforma diversos artículos de la Constitución Política en materia de consulta popular y revocación de mandato. Para tal efecto se modificaron y adicionaron diversas disposiciones de los artículos 35, 36, 41, 81, 84, 99, 116 y 122 de la Constitución.
El Pleno lo avaló, con mayoría calificada, en lo general, con 372 votos a favor, 75 en contra y cero abstenciones. Posteriormente en lo particular con 356 en pro, 84 en contra y cero abstenciones a las 15:40 horas.
En materia de revocación de mandato, se estipulan los procesos para ejecutarlo y el derecho de los ciudadanos a participar en éste. Serán sujetos del mismo, el Presidente de la República, las y los gobernadores de las entidades federativas y el jefe o jefa de gobierno de la Ciudad de México.
En el caso del titular del Ejecutivo Federal, será convocado por el INE a petición de la ciudadanía en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a, por lo menos, 17 entidades federativas, que representen como mínimo tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas. Se solicitará en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de su mandato.
Tratándose de entidades federativas, el proceso se planteará durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional, por aquellos ciudadanos que representen por lo menos el 10 por ciento de la lista nominal de electores de la entidad federativa. Las constituciones estatales establecerán las normas relativas a los procesos de revocación de mandato del gobernador de la entidad. El dictamen se envió a las legislaturas locales para continuar su trámite constitucional.