Amonestan y fichan a Gattás

Diario MX.com

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Aunque no le impide ser candidato en la próxima elección, a menos de que hubiera una sentencia firme por instancias jurisdiccionales, el presidente municipal de Victoria, Eduardo Gattás Báez, permanecerá por espacio de ocho meses en el catálogo de sujetos sancionados por el Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam).

Aparte de ello, el Consejo General del Ietam aprobó en su sesión extraordinaria imponer una sanción, consistente en amonestación pública, al alcalde de Ciudad Victoria, la cual podría aumentar en caso de reincidencia, al encontrar existente la infracción, circunscrita en difusión de propaganda electoral en contravención al interior superior de la niñez en la modalidad de aparición incidental.

Lo anterior en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas (Trieltam), en la sentencia relativa a dos recursos de apelación, el TE-RAP-40 y 41 del 2024, acumulados, que resuelve el Procedimiento Sancionador Especial, identificado con la clave PSE-84/2024, en el sentido de declarar existente la infracción atribuida a Eduardo Gattás Báez, otrora candidato a presidente municipal de Ciudad Victoria.

En el mismo procedimiento, se declaró como inexistente la infracción atribuida al partido político Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), consistente en culpa in vigilando, al no ser responsable de las conductas cometidas en este caso, por el que fuera candidato a presidente municipal de Ciudad Victoria, en el 2024.

Con ello, el Ietam resuelve una instrucción de la instancia jurisdiccional de Tamaulipas, mediante la cual ordena al Instituto volver a hacer un análisis de unas publicaciones del proceso electoral 2024, realizadas por el entonces candidato a la presidencia municipal de Ciudad Victoria, por Morena, Eduardo Gatás, en donde en esas publicaciones se advertían de manera incidental las imágenes de menores de edad.

Al realizar el análisis correspondiente de las actas que obran en autos del expediente, se determinó que efectivamente aparecen las imágenes de menores que no están debidamente autorizadas por quien pueda ejercer la patria potestad, que representa ir en contra la normativa electoral, y por lo tanto se le impuso como sanción una amonestación pública.

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