El SAT no te puede exigir declarar impuestos si te depositan la tanda o préstamos

Por Alberto Serna

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Un órgano colegiado federal determinó que las autoridades fiscales cometen una ilegalidad al pretender sancionar o presumir ingresos no declarados a personas físicas o morales que, por norma, no están obligadas a mantener registros contables.

El fallo se originó tras un juicio contencioso administrativo donde el Servicio de Administración Tributaria (SAT) buscaba cobrar un crédito fiscal por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR). La autoridad argumentaba que, aun si el pagador de impuestos no debía llevar libros contables, de todos modos, tenía el deber de demostrar la existencia física y documental de las operaciones que generaron sus ingresos.

Sin embargo, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito concluyó que la exigencia de comprobar la efectividad de las transacciones está supeditada de forma estricta a la obligación legal de llevar contabilidad.

Al no existir dicho deber normativo en el perfil del contribuyente, la fiscalizadora no cuenta con el sustento legal para aplicar presunciones de ingresos sobre los montos reportados en las declaraciones anuales antes de iniciar un procedimiento formal de comprobación.

La tesis aislada, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, sienta un precedente de protección jurídica ante revisiones del fisco federal, estableciendo un límite claro a las facultades de la autoridad tributaria respecto a las exigencias documentales hacia contribuyentes con esquemas contables simplificados o exentos.

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